Una revisión de vecinos morosos

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Pues el que sea propietario en el momento en que se exija el pago comunitario. De cara a la comunidad, el responsable del suscripción de las cuotas nunca es el inquilino o el cesionario, con independencia de lo que se pacte en el contrato de arrendamiento.

En ocasiones, la junta aprueba obras o gastos que se pagan de modo diferido. El obligado al pago es siempre quien sea propietario en el momento en que la cantidad sea exigible. Por eso es muy importante que si aspiras a entrar en una comunidad, te informes sobre los gastos que puedan estar pendientes de suscripción, por ejemplo para el plazo aplazado de la instalación de un montacargas o de la renovación de fachadas, etc. Encima de preguntar al comerciante, conviene consultar con el guardameta o con el administrador de la finca.

Si bien fue útil y valiosa en varios aspectos, el tiempo demostró que no proveía de las herramientas necesarias para combatir la morosidad, y no era inusual que un propietario estuviera abriles acumulando deuda sin que pasara falta.

Ten en cuenta que en esos casos estarás obligado al plazo aunque como nuevo propietario no hubieras participado en la votación que dio origen al desembolso. No te confíes, que esas cantidades pueden no aparecer en el certificado del estado de deudas que debe aportar el mercader: es responsabilidad del comprador indagar con diligencia sobre el estado de la finca y preguntar sobre reformas que se vayan a tolerar a cabo.

Imagen: Procsilas Limpieza, electricidad, ascensores, jardines, salario de conserje… son los gastos ordinarios que debe afrontar toda comunidad de vecinos, un desembolso al que suelen sumarse habitualmente algunos «extras» relacionados con obras de reparación, arreglos o la puesta a punto del edificio. Estas cargas son afrontadas por el conjunto de propietarios de pisos y locales, de modo que cuando uno de los copropietarios no paga la cuota que le corresponde genera un serio problema para el resto: causa incomodidades, retrasos en la ejecución de acuerdos, fastidio entre los vecinos que more info atienden puntualmente las cuotas y, en casos extremos (cuando son varios los morosos), la interrupción o rescisión de los servicios.

En síntesis, nos encontramos frente a vecinos que deben fortuna a la comunidad de propietarios y contra los cuales la comunidad podrá tomar medidas para recuperar las cantidades adeudadas.

Para exigir el suscripción de la deuda a un vecino moroso, el procedimiento debe iniciarse tras discutir la cuestión en el mayor órgano de gobierno de una comunidad de vecinos: la Concilio de Propietarios. Ésta se reúne como exiguo una vez por año para aprobar el plan de gastos previsibles, y en forma extraordinaria cada ocasión que un asunto de interés general de la comunidad lo requiera.

Si el presidente o presidenta ve que por esta vía no se soluciona el problema, hay que protestar la deuda a través de la Petición inicial de Procedimiento Monitorio.

La principal preeminencia de realizar este requerimiento es que permite dejar constancia, por escrito, de la cantidad total adeudada por el vecino moroso ayer de proceder a la exigencia de la misma por vía legal.

Conviene que el comprador no exima de este deber al comerciante. Y ojo: la responsabilidad del antiguo propietario no acaba porque el comprador se haga responsable aún.

Alquilar un pavimento sin redactar un convenio de arriendo es todo un peligro, pero que no hay ningún documento que certifique sobre qué bases y cláusulas se asienta el arrendamiento. Todo decidirá supeditado a lo que digan las partes, lo que puede soportar a numerosos conflictos.

Si el impago se debe a otras cuestiones que no sean meramente económicas, es muy posible que esta vía no solucione el problema y haya que asistir a la vía legal.

El apartado 1 del artículo 15 de la índole de Propiedad Horizontal que faculta al propietario para delegar el voto, ni establece condición alguna para el delegado, ni limita el núúnico de representaciones que puede ejercer.

Pero los expertos advierten: “La función de esa comunicación que se expone no es para que todos los propietarios la vean, sino que, no habiendo otra fórmula, se coloca a la vista de todos para que si pasase por allí el interesado pueda darse por enterado.

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